¿Tengo que declarar las criptomonedas en la declaración de la Renta 2023-2024?

Declaración Renta criptomonedas
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Ángel Martín
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✍️ 8 abril, 2024 - 13:41 👤 Editor: Jakub Motyka

  • Llega el momento de hacer la declaración de la Renta 2023-2024 y en ella es necesario incluir cualquier beneficio generado con operaciones con criptomonedas.
  • La Agencia Tributaria ha incluido el panel 18 para declarar las inversiones realizadas en criptomonedas.

Uno de los grandes quebraderos de cabeza para todos los inversores de criptomonedas, sobre todo los más novatos, es la declaración de la Renta. Muchos se preguntan si es necesario declarar los beneficios generados con las criptomonedas en la declaración de la Renta y la respuesta es sencilla, sí.

Con la creciente popularidad de las criptomonedas, la Agencia Tributaria Española ha actualizado sus directrices para la declaración de la Renta 2023-2024, tal y como señala El Mundo. Los inversores en criptoactivos deben estar al tanto de las nuevas regulaciones y asegurarse de cumplir con sus obligaciones fiscales.

¿Cómo se declaran las criptomonedas en la declaración de la Renta?

Declarar las criptomonedas en la declaración de la Renta es obligatorio y la mayoría de inversores lo saben. El principal problema y lo que más dudas genera es cómo hacerlo y es que la Agencia Tributaria cada vez está prestando más atención a las operaciones con activos digitales, debido a su creciente popularidad. Hay que proporcionar la información de todas tus operaciones con criptomonedas con detalle, pues es la única forma que Hacienda tiene de controlar este tipo de movimientos.

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La Agencia Tributaria, con el objetivo de hacer el proceso más sencillo, ha incluido un nuevo panel, el panel 18. En este punto, el inversor deberá incluir toda la información referente a sus operaciones con criptomonedas. En este deberá incluir: nombre del activo, la clave (lo que se ha hecho con el activo), valor de la compra y valor de la venta.

En lo que se refiere a los impuestos que se deben pagar por los beneficios, hay diferentes tipos impositivos en base a los beneficios generados.

  • Menos de 6.000 euros: 19% de IRPF.
  • Entre 6.000 y 50.000 euros: 21% de IRPF.
  • Entre 50.000 y 200.000 euros: 23% de IRPF.
  • Más de 200.000 euros: 26% de IRPF.

En el momento que un inversor haya obtenido beneficios por encima de los 50.000 euros, será necesario presentar el modelo 721. Este no es más que un modelo para indicar la tenencia de criptomonedas en el extranjero por valor superior a 50.000 euros. Este documento es más importante de lo que parece, pues no presentarlo podría suponer una multa de hasta 200.000 euros.

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